Está a punto de cumplirse el décimo aniversario de la norma europea de calidad UNE-EN 15038:2006. ¿Cuál ha sido su proceso evolutivo y grado de incidencia entre todos quienes formamos parte de nuestra industria- ¿Qué ha supuesto en la realidad para el conjunto de los procedimientos de globalización, internacionalización, localización y traducción-
La norma europea de calidad para servicios de traducción UNE-EN 15038:2006 certifica los servicios del proceso de traducción, así como otros aspectos de valor añadido que pueden influir de manera significativa en la prestación de dichos servicios. Sus antecedentes se encuentran en normativas de distintos países de la Unión Europea como DIN 2345 (Alemania), D 1200 y Önorm (Austria), Taalmerk (Holanda) y UNIO 10574 (Italia), así como en la petición realizada por parte de la Asociación de Empresas de Traducción de la Unión Europea (EUATC), que la consideraba imprescindible para adecuarse al conjunto de desafíos de un mercado dinámico y con unas notables perspectivas de crecimiento a corto, medio y largo plazo.
Desde mi punto de vista no resulta exagerado afirmar que marca un antes y un después en el conjunto de servicios y soluciones del sector GILT. Como punto de partida, su mera aprobación por el Comité Europeo de Normalización sentó las bases iniciales para fomentar el establecimiento y definición de los requisitos para la prestación de un servicio de calidad por parte de las empresas de este segmento de mercado.
Al mismo tiempo, la normativa permitió una correcta definición sobre la capacidad que las compañías de nuestra industria deben poseer con el fin de abarcar el proceso central de la traducción, así como todos los demás aspectos de valor añadido relacionados con la prestación del servicio (incluidos el aseguramiento de la calidad y la trazabilidad). Y tampoco ha sido desdeñable su contribución a la hora de definir las pautas imprescindibles que deben garantizar la calidad de las traducciones, dado que describe con claridad las competencias que deben tener los profesionales (traductores, revisores, correctores de concepto…) y requiere que toda traducción tenga una revisión por un segundo profesional.
A efectos prácticos la UNE-EN 15038:2006 ha servido para modificar de manera sustancial las bases conceptuales de los proveedores GILT consolidando su maduración y crecimiento internos mediante la mejora y estandarización de sus procesos y la racionalización de sus nuevas gestiones con el fin de no incrementar la burocracia interna. Al mismo tiempo, también ha contribuido a la creación de un modo de actuación inequívoco en lo que se refiere a aspectos como certificación, monitorización y evaluación continua de los colaboradores, definiendo algunas condiciones previas que garanticen un mínimo de competencia y permitan conseguir un producto final con unos aceptables niveles de calidad.
Es también público y notorio el impacto de la norma europea sobre las relaciones contractuales entre las empresas del sector y sus clientes, tanto empresariales como institucionales (estos últimos exigen su cumplimiento en los pliegos de condiciones de contratación, mientras que un número creciente de los primeros se encuentran cada vez más sensibilizados sobre las ventajas competitivas de la misma). Cabe ahora esperar que los costes que supone el cumplimiento estricto de la norma se sigan trasladando a los precios de mercado en aquellos servicios amparados por la misma, para no convertirla en los próximos diez años en papel mojado.
En definitiva, las consecuencias de la implantación de la norma europea de calidad para servicios de traducción UNE-EN 15038: 2006 sobre las empresas del sector son de tal magnitud que hoy resulta por completo inviable que un proveedor GILT pretenda competir en el mercado sin aplicar de manera sistemática sus principios. Su implantación y expansión ha mejorado nuestros procedimientos operativos y ha servido para incrementar los niveles de satisfacción de los clientes finales con relación a las soluciones que les ofrecemos.